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21/11/2025

Suspendieron a una agente porteña por subir videos hot a sus redes con el uniforme de la Policía de la Ciudad

Fuente: telam

El contenido fue descubierto cuando la mujer estaba de licencia médica. Le iniciaron un sumario administrativo en consecuencia

>Desde los últimos días, la fuerza porteña se ve atravesada por un inesperado escándalo que trascendió los límites institucionales: una oficial de la La joven cuenta con tres años y tres meses de antigüedad en la fuerza. Según supo Infobae, el material que subía a sus perfiles sociales fue descubierto mientras estaba de licencia médica y su aptitud psicofísica ya era analizada por una junta de profesionales.

En ese contexto, dieron con su cuenta de Instagram y de TikTok. En ambas redes, sus usuarios hacían referencia a su cargo en la policía: en la primera se llamaba “Itsoficialnicole” y en la segunda “itsnicolehot”. “Aquí tienes que portarte bien o serás arrestado”, se lee en sus biografías. También tiene Onlyfans.

El hecho generó una respuesta inmediata de los superiores, quienes plasmaron en un informe que la conducta de la agente “afecta notablemente el prestigio de la institución” y constituye un “uso indebido de las prendas y equipo policial asignado”.

El caso pasó por la intervención de Asuntos Internos y después fue traspasado a la Oficina de Transparencia y Control Externo, que resolvió abrir un sumario administrativo. A raíz de ese proceso quedó radicada la decisión de modificar la situación de revista de la oficial y pasarla a situación de disponibilidad. Es decir, suspenderla.

Puntualmente le aplican los artículos 105 y 106 de la norma, que regulan el régimen aplicable al personal convocado a prestar servicio activo dentro de las fuerzas de seguridad porteñas. Según el artículo 105, antes de incorporarse al servicio, el personal debe aprobar un examen psicofísico que determine su aptitud. Una vez admitidos, quedan sujetos al régimen general de servicio, lo que implica obligaciones específicas, asignación de tareas, cumplimiento de jornada y horario, así como el derecho a francos. Durante este período, perciben la remuneración correspondiente, aunque excluidos del suplemento por permanencia en el grado.

El artículo 106 aborda el cómputo de los períodos de prestación de servicios. Se establece que los doce meses requeridos pueden completarse de manera continua o discontinua, siempre que se haya trabajado en tareas propias del grado correspondiente. La normativa prevé excepciones que permiten la continuidad aun cuando las prestaciones no sean ininterrumpidas, en tanto se trate de servicios efectivamente realizados y compatibles con las funciones asignadas, según la interpretación legal vigente en la Ciudad.

Fuentes policiales indicaron a este medio que la investigación interna evalúa si hubo agravantes en el marco reglamentario institucional, ya que el uso no autorizado del uniforme y de otros elementos asignados compromete la imagen y operatividad de la fuerza.

Fuente: telam

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